domingo, 9 de octubre de 2016

REQUISITOS PARA APLICAR UN PROYECTO AGRICOLA

I.     Personas físicas mayores de edad;
a) Identificación oficial vigente (Credencial para Votar, el Pasaporte, la Cartilla del Servicio Militar Nacional o la Cédula Profesional);
b) CURP
c) RFC, en su caso;
d) Comprobante de domicilio del solicitante (Luz, teléfono, predial, agua), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud;
e) En su caso, comprobante de la legal posesión del predio, excepto PROCAFÉ e impulso productivo al café, Sistemas Producto Agrícolas, PROAGRO Productivo, Repoblamiento y Recría Pecuaria, Infraestructura y Equipo del Repoblamiento, Productividad Pecuaria, PROPOR, Pozos Ganaderos, Sistemas Producto Pecuarios, Manejo Post producción Pecuario, Bioseguridad Pecuaria, Agricultura Familiar Periurbana y de Traspatio;
f) Para los componentes del Programa de Fomento Ganadero, documento que acredite su registro actualizado en el Padrón Ganadero Nacional;
Para los componentes del Programa de Fomento a la Agricultura, los apoderados de personas físicas sólo podrán registrar hasta 5 solicitudes como máximo en este ejercicio 2015.
En caso de que la persona física esté representada, el representante, tutor (en caso de ser menor de edad) o apoderado legal deberá cumplir además con los siguientes requisitos documentales:
a) Poder o Carta poder para gestión de incentivos (certificada o avalada por un Fedatario Público);
b) Identificación oficial vigente (Credencial para Votar, el Pasaporte, la Cartilla del Servicio Militar Nacional o la Cédula Profesional);
c) CURP, y
d) Comprobante de domicilio (Luz, teléfono, predial, agua), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud.
Dicha vigencia será de hasta seis meses en el Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados.
Para los componentes del Programa de Fomento a la Agricultura, los apoderados de personas físicas sólo podrán registrar hasta 5 solicitudes como máximo en este ejercicio 2015.
 
 
II. Personas morales:
a) Acta constitutiva y, de las modificaciones a ésta y/o a sus estatutos, que en su caso haya tenido a la fecha de la solicitud, debidamente protocolizada ante Fedatario Público;
b) Acta en la que conste la designación de su representante legal o poder debidamente protocolizado ante fedatario público;
c) Comprobante de domicilio fiscal (Luz, teléfono, predial, agua), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud;
Dicha vigencia será de hasta seis meses en el Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados.
d) RFC;
e) Identificación oficial del representante legal vigente (Credencial para Votar, el Pasaporte, la Cartilla del Servicio Militar Nacional o la Cédula Profesional);
f) CURP del representante legal;
g) Acreditar, en su caso, la legal posesión del predio mediante documento jurídico que corresponda, con las formalidades que exija el marco legal aplicable en la materia, y
h) Listado de productores integrantes de la persona moral solicitante.
En el caso del Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados, cuando la documentación legal haya sido entregada con anterioridad y que la misma no haya sufrido modificación alguna, sólo deberán presentar una comunicación suscrita por la persona física o por el apoderado legal acreditado, en la que se señale el concepto de apoyo de su interés, ratificando "bajo protesta de decir verdad", que la documentación obra en poder de la Unidad Responsable, anotando el nombre de la ventanilla en la que entregó la documentación; que la misma no ha registrado cambios o modificación alguna; y, en su caso, que el poder otorgado al apoderado legal se encuentra vigente, por lo que no ha sido limitado, revocado o modificado.
 
 
III. Grupos de Personas:
a) Acta de asamblea constitutiva y de designación de representantes, con la lista de asistencia y firmas correspondientes, certificada por la autoridad municipal;
b) Identificación oficial del representante vigente (Credencial para Votar, el Pasaporte, la Cartilla del Servicio Militar Nacional o la Cédula Profesional);
c) CURP del representante, y
d) Documento escrito con los datos de cada integrante del grupo.
No se exigirán los requisitos de este artículo para el Componente de Atención a Desastres Naturales en el Sector Agropecuario y Pesquero (Fondo de Apoyo Rural por Contingencias Climatológicas) del Programa Integral de Desarrollo Rural, para el Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria, para los programas de Apoyo para la Productividad de la Mujer Emprendedora (PROMETE) y Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos en Núcleos Agrarios (FAPPA), y para el componente PROAGRO Productivo, del Programa de Fomento a la Agricultura por lo que únicamente se requiere cumplir con lo establecido en el los Criterios Técnicos y Requisitos Específicos señalados en los artículos correspondientes a los Componentes a que se refiere este párrafo.
A los productores/as que soliciten incentivos del programa de Fomento a la Agricultura en sus componentes Bioenergía y Sustentabilidad, Reconversión y Productividad, Tecnificación del Riego y Agroincentivos cuya superficie esté incluida en los Distritos de Riego, se requerirá que presenten Permiso Único de Siembra, más los requisitos establecidos en esos componentes con el objeto de lograr una mayor planeación mediante la organización, control del uso del agua, superficie de siembra y cultivos establecidos.
Los documentos originales una vez cotejados por el responsable de la ventanilla y generado el registro administrativo correspondiente en el Sistema Único de Registro Información (SURI) de la Secretaría, o en la base de datos que corresponda (en caso de que sea aplicable tal registro), le serán devueltos inmediatamente al solicitante.
Los productores de comunidades indígenas podrán, en su caso acreditar la legal posesión del predio con el documento expedido por la instancia competente y en su caso, conforme a usos y costumbres.
 
Tratándose de personas físicas solicitantes de apoyo que ya cuenten con registro en el SURI, PROAGRO Productivo (antes PROCAMPO), Padrón Ganadero Nacional, u otro padrón registrado en el la Secretaría o su Sector, no estarán obligados a presentar los requisitos de los incisos a), b) y c) de la Fracción I, de este mismo Artículo, pudiendo presentar únicamente la clave de registro del padrón en el que esté registrado; siempre que se encuentre completo el expediente electrónico o no haya tenido algún cambio en los mismos (salvo que le sea requerido por la Instancia Ejecutora). En caso de que deba actualizar alguno de los requisitos, podrá hacer uso de la citada clave, acompañando únicamente el o los documentos comprobatorios del o los requisitos que deban actualizarse. La presentación de dicho folio es para efectos de comprobación de requisitos y no significa la autorización del apoyo solicitado.
 
 
Requisitos Específicos
I. Habitar en algún “Núcleo Agrario” del país, conforme al Padrón e Historial de Núcleos Agrarios (PHINA) del Registro Agrario Nacional (RAN).
II. Tener 18 años cumplidos o más, al momento de ingresar la “Solicitud de Apoyo”.
III. Constituirse en cualquiera de sus dos modalidades:
a) Sin formalidad jurídica, integrados con un mínimo de tres y hasta seis integrantes; y
b) Legalmente constituidos, con un mínimo de tres y sin límite máximo de integrantes, de conformidad con la legislación aplicable a las diversas figuras asociativas.
IV. Formular el “Proyecto Productivo” para implementarse en el mismo “Núcleo Agrario” en el que habitan los integrantes del “Grupo”, que coincidirá con el capturado en el “SICAPP”.
V. Seleccionar a un “Asesor Técnico” para Ingresar la “Solicitud de Apoyo” en el “SICAPP”;
VI. Registrar la “Solicitud de Apoyo” “Anexo I” de las Reglas de Operación a través del Sistema de Captura de Proyectos Productivos “SICAPP” disponible en http://sicapp.sagarpa.gob.mx;
VII. No haber sido apoyados en los últimos cinco ejercicios fiscales por el mismo “Programa” y por el Programa de Apoyo para la Productividad de la Mujer Emprendedora (PROMETE), antes Programa de Apoyo para la Mujer en el Sector Agrario (PROMUSAG); con excepción de aquellas solicitudes que correspondan a Grupos que participen en los términos de lo establecido en la siguiente fracción (VIII).
VIII. Adicional a los requisitos anteriores, aquellos Grupos Beneficiarios que participaron en el ejercicio fiscal 2014 del "Programa", podrán participar como solicitantes para el presente ejercicio fiscal, siempre y cuando se encuentren bajo los siguientes supuestos:
a) Que la solicitud de apoyo justifique la ampliación y/o escalamiento en la cadena productiva del “Proyecto Productivo” apoyado en el ejercicio fiscal 2014;
b) Que haya entregado en tiempo y forma el “Informe General de Aplicación del Recurso”;
c) Que el “Grupo” se encuentre integrado por al menos el 80% de sus integrantes originales, o por 2 y 3 para el caso de Grupos de 3 y 4 integrantes, respectivamente;
d) Que preferentemente el “Grupo” se encuentre legalmente constituido; y
e) Que en la “Verificación de Seguimiento” que se le practique, se haga constar que existen las condiciones para el objeto planteado en la “Solicitud de Apoyo” y que es un “Pequeño Productor”.

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